SEÑOR JUEZ:
SILVIA OTERO RELLA, Defensora Pública Oficial ante los Tribunales Federales de la Capital Federal, en autos_ “Rodriguez, Hernán c/Inst. de Prev. Social de Misiones s/Amparo”. Ante V.S. respetuosamente me presto y digo:
I- Asumo la representación promiscua del menor PABLO HERNÁN RODRIGUEZ, cuya partida de nacimiento obra a fs. 37, en los términos de los arts. 59 y 494 del Código Civil.-
En ejercicio de tal representación, hago míos los términos de la demanda.-
II- La parte demandada pide revocatoria con apelación en subsidio de la resolución de fs. 76/77 en el pto. VI de fs. 108 argumentando que ellos constituye una grave vulneración del ordenamiento jurídico, cuestiona además la vía de amparo aceptada para el presente reclamo, la facultad y/o competencia de V.S. para entender el presente caso, y por último hace referencia a sus posibilidades económicas como prestador de Obra Social; éstos “argumentos a criterio de la suscripta exceden el marco de la excepción de revocatoria, por lo cuál debe rechazarse la misma: en consecuencia, dado el recurso de apelación planteado en forma subsidiaria, y el carácter sumarísimo de éstos obrados considero que en forma inmediata deberían elevarse los autos al Superior.-
III- Sin perjuicio de todo lo expresado, observo que la parte demandada alega conexidad, sin embargo, de la documentación agregada por esa misma parte a fs. 93 resulta que las actuaciones tramitadas en Posadas, Misiones por éstas mismas causas, o motivos sim,ilares están suspendidas debido a que el menor y su progenitora se encuentran viviendo en Buenos Aires.-
IV- Asimismo dada la gravedad de la situación planteada, por hallarse en juego la salud física y mental de mi representado, sin perjuicio del recurso de apelación, solicito provea de conformidad la intimación requerida en el escrito fs. 142.-
Defensoría Oficial, junio 15 de 2000.-
Silvia Otero Rella
Defensora Pública Oficial ante los
Tribunales Federales del Capital Federal


