FUERON NECESARIOS 3 JUICIOS PARA GARANTIZAR UNA CALIDAD DE VIDA
1 – JUICIO POSADAS: Por violación a la Ley de trasplante 24.193
ARTICULO 3º — Los actos médicos referidos a trasplantes contemplados en esta ley sólo podrán ser realizados por médicos o equipos médicos registrados y habilitados al efecto por ante la respectiva autoridad de contralor jurisdiccional. Esta exigirá, en todos los casos, como requisito para la referida inscripción, la acreditación suficiente, por parte del médico, de capacitación y experiencia en la especialidad. La autoridad de contralor jurisdiccional será responsable por los perjuicios que se deriven de la inscripción de personas que no hubieren cumplido con tales recaudos.
2 – JUICIO DE AMPARO: No cumplimiento a la Audiencia de conciliación celebrada en el Juicio de Posadas
Basamos nuestra demanda en los Art. 16, 33, 43 de la Constitución Nacional y en los Art. 8, 37 y 39 de la Constitución de la Provincial de Misiones, en la Convención de los Derechos del Niño, en el Pacto de San José de Costa Rica y en las Leyes Concordantes.
3 – JUICIO POR DAÑOS Y PERJUICIOS:
En el año 1996 Instituto de Previsión Social de Misiones (IPSM) prevaleció una situación económica, ante los derechos de un niño, violando la Ley de trasplante.
Lo obligan a permanecer en Posadas Misiones, donde le ocasionan un edema agudo de pulmón y graves problemas cardiológico, a acusa de malas diálisis.
FALLO:
1) Haciendo lugar parcialmente a la demanda; condenando al Instituto de Previsión Social de la Provincia de Misiones a abonar a los actores en concepto de indemnización por daño moral al Joven Pablo Hernán Rodriguez ysus progenitores Miguel Angel Rodriguez y Blanca Argolo de Rodriguez ………..


